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Las recomendacionesPara garantizar la no-repetición de las graves violaciones de derechos humanos y consolidar el proceso de reformas en las que se encuentra el país, la IER ha enunciado una serie de recomendaciones que hacen referencia sobre todo a las reformas constitucionales, la puesta en marcha de una estrategia nacional de lucha contra la impunidad y la aplicación de las recomendaciones. I. La consolidación de las garantías constitucionales de los derechos humanos, sobre todo a través de la inscripción de los principios de primacía del derecho internacional de los derechos humanos sobre el derecho interno, de la presunción de inocencia y del derecho a un proceso justo,...La IER recomienda además el refuerzo del principio de separación de poderes, y la prohibición constitucional de toda intromisión del poder ejecutivo en la organización y el funcionamiento del poder judicial. Recomienda especificar en el texto constitucional, el alcance de las libertades y derechos fundamentales, relativos a las libertades de circulación, de expresión, de manifestación, de asociación, de huelga,...así como los principios tales como el secreto de correspondencia, la inviolabilidad del domicilio y el respeto a la vida privada. La IER recomienda también reforzar el control de la constitucionalidad de las leyes y de los reglamentos autónomos del Ejecutivo, previendo en la constitución el derecho de un justiciable a prevalerse de una excepción de inconstitucionalidad de una ley o de un reglamento autónomo. A semejanza de la vieja prohibición constitucional de la existencia de un partido único, la IER recomienda la prohibición de la desaparición forzosa, la detención arbitraria, el genocidio y otros crímenes contra la humanidad, la tortura y todos los malos tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, y la prohibición de todas las formas de discriminación internacionalmente prohibidas, así como toda forma de incitación al racismo, a la xenofobia, a la violencia y al odio. II- La adopción y la puesta en marcha de una estrategia nacional integrada de lucha contra la impunidad. La IER estima que la erradicación de la impunidad exige, además de reformas judiciales, la elaboración y la puesta en marcha de políticas públicas en los sectores de la justicia, de la seguridad y del mantenimiento del orden, de la educación y de la formación permanente, así como la implicación activa del conjunto de la sociedad. Esta estrategia tiene que tener como fundamento el derecho internacional de los derechos humanos, procediendo a la harmonización de la legislación penal con los compromisos internacionales del país, es decir:
III- La IER considera que la consolidación del estado de derecho requiere reformas en el ámbito de la seguridad, justicia, legislación y política penales. En este sentido, recomienda: I- La gobernancia de los órganos de seguridad, que exige sobre todo la puesta a nivel, la clarificación y la publicación de los textos reglamentarios relativos a las atribuciones, a la organización, a los procesos de decisión, a los modos de operación y a los sistemas de supervisión y de evaluación de todos los aparatos de seguridad y de información, sin excepción, así como de las autoridades administrativas responsables del mantenimiento del orden público o teniendo poder de recurrir al uso de la fuerza pública. II- El refuerzo de la independencia de la justicia, que requiere, además de las recomendaciones de tipo constitucional, la revisión mediante ley orgánica del Estatuto del Consejo Superior de Magistratura (CSM). La IER recomienda en este sentido confiar la presidencia del CSM por delegación al Primer presidente de la Corte Suprema, la ampliación de su composición a otros sectores ajenos a la magistratura,... III- La actualización de la legislación y política penal, que exige el refuerzo de las garantías de derecho y de procedimiento contra las violaciones de derechos humanos, la puesta en marcha de las recomendaciones del Coloquio nacional sobre la política penal celebrado en Mequines en 2004, una definición de las violaciones contra las mujeres conforme con las normas internacionales, la puesta en práctica de las recomendaciones del CCDH referentes a los establecimientos penitenciarios (ampliación de las prerrogativas del juez de la aplicación de las penas, extensión de las penas alternativas,...) IV- Los mecanismos de seguimiento. Al término de su mandato, la IER considera que las cuestiones siguientes tienen que ser continuadas mediante los procedimientos y mecanismos de seguimiento:
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